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La Resolución de 8 de abril de 2026 publica los incrementos salariales acordados por la Comisión mixta del III Convenio colectivo del grupo Marítima Davila, SA y sociedades vinculadas. Los aumentos se aplican conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. El plazo para su aplicación es de 30 días desde la publicación del acuerdo (art. 90.3).
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Aplica a este perfil
art. 90.2
Para las empresas del grupo Marítima Davila y sus sociedades vinculadas, se establece un plazo de 30 días para aplicar los incrementos salariales acordados. Los trabajadores afectados reciben un aumento salarial conforme al acuerdo publicado. Las empresas deben ajustar sus pagos salariales en el plazo establecido, de lo contrario podrían incumplir el convenio colectivo (art. 90.3).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar los incrementos salariales acordados en el plazo de 30 días | art. 90.3 | 30 días desde la publicación |
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