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BOE-A-2026-8568 ·18 de abril de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del grupo Marítima Davila: 30 días para aplicar incrementos salariales acordados

La Resolución de 8 de abril de 2026 publica los incrementos salariales acordados por la Comisión mixta del III Convenio colectivo del grupo Marítima Davila, SA y sociedades vinculadas. Los aumentos se aplican conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. El plazo para su aplicación es de 30 días desde la publicación del acuerdo (art. 90.3).

En 2 claves

  1. Incrementos salariales acordados en el III Convenio colectivo del grupo Marítima Davila (art. 90.2)
  2. Plazo de 30 días para aplicar los aumentos salariales (art. 90.3)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresa del grupo Marítima Davila, SA y sociedades vinculadas

art. 90.2

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del grupo Marítima Davila y sus sociedades vinculadas, se establece un plazo de 30 días para aplicar los incrementos salariales acordados. Los trabajadores afectados reciben un aumento salarial conforme al acuerdo publicado. Las empresas deben ajustar sus pagos salariales en el plazo establecido, de lo contrario podrían incumplir el convenio colectivo (art. 90.3).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar los incrementos salariales acordados en el plazo de 30 días art. 90.3 30 días desde la publicación

Línea de vida

2026-04-18PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-18Entra en vigorEntrada en vigor (resolución de 8 de abril de 2026)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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