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BOE-A-2026-8468 ·17 de abril de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Federaciones y entidades deportivas: publicación de los planes formativos de los niveles I, II y III de hockey

La Presidencia del Consejo Superior de Deportes establece los planes formativos para la modalidad deportiva de hockey en sus tres niveles (I, II y III), conforme a la Orden ECD/158/2014 (art. 8). Esta resolución regula los contenidos, requisitos de acceso y criterios de evaluación para garantizar la homogeneidad en la formación de entrenadores de hockey mientras se desarrollan los títulos oficiales (art. 1). La propuesta ha sido presentada por la Real Federación Española de Hockey (RFEH).

En 2 claves

  1. Establecimiento de planes formativos para los niveles I, II y III de la modalidad de hockey (art. 1.1). (art. 1.1)
  2. Para superar la prueba de acceso, se requiere un resultado de APTO en 4 de los 5 ejercicios (ejercicios de evaluación). (Criterios de calificación)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Aplica a este perfil

  • Aspirantes a formación deportiva en la modalidad de hockey niveles I, II y III

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Para la Real Federación Española de Hockey y las entidades que impartan formación, se definen los estándares curriculares y de evaluación necesarios para que estas formaciones puedan obtener reconocimiento de correspondencia formativa (art. 1). Los aspirantes a entrenadores de hockey quedan sujetos a criterios de evaluación específicos, como la realización de pruebas prácticas con criterios de 'APTO' o 'NO APTO' en ejercicios de golpeo y recepción (ejercicios 4 y 5).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Cumplir con los criterios de evaluación técnica (golpeo, recepción, etc.) para la obtención de la formación Criterios de calificación

Línea de vida

2026-04-17PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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