La Orden APA/330/2026 concreta que las ayudas directas por daños por fenómenos meteorológicos adversos, especialmente inundaciones, se aplican a explotaciones agrícolas en Andalucía y Extremadura a partir del 12 de abril de 2026 (art. 9.2.b). Estas ayudas están destinadas a sectores como la apicultura y la ganadería, y se otorgan en respuesta a daños causados por eventos climáticos adversos. El plazo para presentar solicitudes se establece en 12 meses desde la fecha de inicio de la ayuda.
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art. 9.2.b del Real Decreto-ley 5/2026
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Para agricultores en Andalucía y Extremadura, se abre acceso a ayudas por daños por inundaciones y otros fenómenos climáticos adversos. Las explotaciones afectadas pueden recuperar costes asociados a daños. Las administraciones regionales deben gestionar la recepción y evaluación de solicitudes. Los asesores agrícolas deben informar a sus clientes sobre el plazo de 12 meses para presentar solicitudes y los requisitos específicos de cada sector.
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