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BOE-A-2026-6951 ·25 de marzo de 2026 ·Ley critical
Fiscal

Empresas con más de 10 trabajadores: 3 meses para adaptar registro de jornada o multas de hasta 7.500 EUR/trabajador

La Ley 5/2025 establece un plazo de 3 meses para que las empresas con más de 10 trabajadores adapten su registro de jornada a la nueva normativa. Si no lo hacen, podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros por trabajador (art. 4). Este cambio busca mejorar la transparencia y control en la gestión de horas laborales.

En 2 claves

  1. Empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar su registro de jornada en 3 meses (art. 4)
  2. Falta de cumplimiento conlleva multas de hasta 7.500 EUR por trabajador (art. 4)

A quién afecta

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  • Empresas con más de 10 trabajadores
  • Independientemente del sector

art. 4

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  • Autónomos con trabajadores a cargo podrían estar afectados si tienen empleados

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  • Empresas con más de 10 trabajadores

art. 4

Cómo afecta a los implicados

Las empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar sus registros de jornada antes del vencimiento del plazo. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero la gestión de horas se vuelve más rigurosa. Los asesores deben revisar los registros y asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento. Las administraciones podrán supervisar mejor el cumplimiento de la normativa.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar el registro de jornada de trabajadores dentro de 3 meses art. 4 3 meses desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-03-25PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-01Entra en vigorEntrada en vigor (disposición final del acuerdo)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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