Ir al contenido
BOE-A-2026-6951 ·25 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

El Consell de la Generalitat Valenciana debe promover la modificación legislativa del apartado 3 del art. 32 de la Ley 21/2018, en el plazo de 6 meses

El acuerdo bilateral establece que el Consell de la Generalitat Valenciana debe promover la modificación legislativa del apartado 3 del artículo 32 de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades, en relación con el artículo 64 de la Ley 5/2025. El compromiso se enmarca en la solución de discrepancias competenciales y se aplica exclusivamente a ese precepto (art. 64 de la Ley 5/2025).

En 2 claves

  1. El Consell debe promover la modificación legislativa del apartado 3 del art. 32 de la Ley 21/2018 (art. 64 de la Ley 5/2025)
  2. El compromiso se limita exclusivamente al artículo 64 de la Ley 5/2025 (art. 64 de la Ley 5/2025)

Cómo afecta a los implicados

El Consell de la Generalitat Valenciana debe actuar para promover una modificación legislativa en el plazo de 6 meses, lo que afecta directamente a la coordinación fiscal y administrativa entre el Estado y la Generalitat. El resto de artículos de la Ley 5/2025 no están afectados por este acuerdo. El plazo de 6 meses se refiere al compromiso de promoción legislativa, no a una obligación de ejecución inmediata (art. 64 de la Ley 5/2025).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
El Consell de la Generalitat Valenciana debe promover la modificación legislativa del apartado 3 del art. 32 de la Ley 21/2018 art. 64 de la Ley 5/2025 6 meses

Línea de vida

2026-03-25PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-01Entra en vigorEntrada en vigor (disposición final del acuerdo)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto