Empresas con más de 10 trabajadores: 3 meses para adaptar registro de jornada o multas de hasta 7.500 EUR/trabajador
Ficha tecnica
Resumen
La Ley 5/2025 establece un plazo de 3 meses para que las empresas con más de 10 trabajadores adapten su registro de jornada a la nueva normativa. Si no lo hacen, podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros por trabajador (art. 4). Este cambio busca mejorar la transparencia y control en la gestión de horas laborales.
En 2 claves
- Empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar su registro de jornada en 3 meses (art. 4)
- Falta de cumplimiento conlleva multas de hasta 7.500 EUR por trabajador (art. 4)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con más de 10 trabajadores
- Independientemente del sector
art. 4
Aplica a este perfil
- Autónomos con trabajadores a cargo podrían estar afectados si tienen empleados
Aplica a este perfil
- Empresas con más de 10 trabajadores
art. 4
Como afecta a los implicados
Las empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar sus registros de jornada antes del vencimiento del plazo. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero la gestión de horas se vuelve más rigurosa. Los asesores deben revisar los registros y asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento. Las administraciones podrán supervisar mejor el cumplimiento de la normativa.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar el registro de jornada de trabajadores dentro de 3 meses | art. 4 | 3 meses desde entrada en vigor |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
- tax-compliance/iva-empresasVer servicio →