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La resolución establece que cuando una georreferenciación se inscribe sin tramitación de expediente por el artículo 201.3 de la Ley Hipotecaria, los afectados pueden presentar recurso en un plazo de 15 días desde la notificación. Este mecanismo permite corregir errores en la inscripción de superficie, especialmente cuando hay reducción del 10 % o más. El plazo y la base legal se citan en el texto (art. 201.3).
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art. 201.3
Los propietarios o interesados en la finca afectada pueden presentar recurso en 15 días para corregir la inscripción errónea. Las administraciones de registro deben notificar la inscripción y el plazo de recurso. Los asesores de derecho inmobiliario deben informar a sus clientes sobre el plazo y la posibilidad de recurso. Los afectados que no actúan dentro del plazo pierden derecho a impugnar la inscripción.
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