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BOE-A-2026-6614 ·21 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública revoca la calificación negativa de una registradora que denegaba la inscripción de una finca adjudicada por instancia de heredero único. La registradora alegaba que, al existir un testamento que instituyó al ex-esposo de la causante como usufructuario, su intervención era necesaria para la adjudicación. La resolución determina que el divorcio no revoca automáticamente las disposiciones testamentarias si no hay una voluntad expresa de revocación (art. 807 Código Civil).

En 2 claves

  1. El divorcio no revoca automáticamente las disposiciones testamentarias sobre usufructo o herencia (art. 807 Código Civil)
  2. La calificación negativa del Registro debe basarse en la legalidad de las formas extrínsecas y capacidad de los otorgantes (art. 18 Ley Hipotecaria)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Herederos que solicitan inscripción mediante instancia de heredero único
  • Ex-cónyuges instituidos en testamentos previos al divorcio

Cómo afecta a los implicados

Para los herederos que actúan mediante instancia de heredero único, se confirma la posibilidad de inscribir bienes sin la intervención de ex-cónyuges que figuraban en testamentos antiguos, siempre que no exista una revocación expresa de la institución (art. 807 Código Civil). Para los ex-cónyuges legitimarios, la resolución subraya que la pérdida de la condición de legitimario por divorcio no anula de oficio las disposiciones testamentarias previas, debiendo recurrir a la vía judicial para impugnar su eficacia.

Línea de vida

2026-03-21PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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