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BOE-A-2026-6392 ·18 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Empresas de Airbus: 3 meses para adaptar el convenio colectivo o perder su validez

La Audiencia Nacional declara nula la norma del art. 27.5 y 57 del convenio de Airbus publicado el 5 de mayo de 2025 (sentencia 175/2025). Las empresas afectadas deben actualizar su registro de convenio colectivo dentro de 3 meses desde la publicación de la resolución (art. 2). El cambio afecta directamente a las empresas de Airbus Defence and Space, Airbus Operations y Airbus Helicopters España.

En 2 claves

  1. Artículo 27.5 y 57 del convenio de Airbus nulos por sentencia de 23/12/2025 (Sentencia 175/2025 de 23/12/2025)
  2. Plazo de 3 meses para adaptar el registro de convenio colectivo (art. 2)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Sentencia 175/2025 de 23/12/2025

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Sentencia 175/2025 de 23/12/2025

Aplica a este perfil

  • Empresas de Airbus Defence and Space, Airbus Operations, SL, y Airbus Helicopters España, SA

Sentencia 175/2025 de 23/12/2025

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas de Airbus, se pierde la validez de artículos clave del convenio colectivo sin cumplimiento del plazo. Deben actualizar su registro de convenio en el plazo de 3 meses (art. 2). Las administraciones de trabajo deben revisar sus registros de convenios en el sector aeronáutico. No hay impacto en trabajadores o terceros externos.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar el registro de convenio colectivo en el plazo de 3 meses art. 2 3 meses desde la publicación de la resolución

Línea de vida

2026-03-18PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-18Entra en vigorEntrada en vigor (resolución de 6 de marzo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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