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BOE-A-2026-6385 ·18 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Bureau Veritas: 3 meses para aplicar modificaciones en el convenio colectivo

El III Convenio colectivo de Bureau Veritas Inspección y Testing y Bureau Veritas Solutions Iberia se prorroga y modifica conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Las modificaciones entran en vigor tras 3 meses desde su publicación en el BOE (art. 1). Los trabajadores y empresas contratadas deben adaptarse a los nuevos términos laborales establecidos.

En 2 claves

  1. Prorroga y modificación del III Convenio colectivo (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Plazo de 3 meses para aplicar las modificaciones (art. 1)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Empresas de Bureau Veritas Inspección y Testing y Bureau Veritas Solutions Iberia

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas de Bureau Veritas y sus centros de trabajo, se aplican nuevos acuerdos laborales que afectan condiciones de jornada, salario y derechos de los trabajadores. El plazo de adaptación es de 3 meses a partir de la publicación (art. 1). No se especifican cambios concretos en el texto, por lo que se requiere consulta de los artículos modificados para determinar el impacto real.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Verificar el contenido del nuevo convenio colectivo y adaptar políticas laborales art. 1 3 meses desde la publicación

Línea de vida

2026-03-18PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-18Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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