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BOE-A-2026-6385 ·18 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas de Bureau Veritas: 3 meses para aplicar modificaciones en el convenio colectivo

La Resolución de 6 de marzo de 2026 prorroga y modifica el III Convenio Colectivo de Bureau Veritas Inspección y Testing, SLU, y Bureau Veritas Solutions Iberia, SLU, conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Este cambio afecta directamente a los trabajadores y empresas de estas entidades, que deben adaptar sus condiciones laborales según las nuevas cláusulas establecidas en el acuerdo. El plazo para su aplicación no se especifica en el texto, pero se menciona la prorroga del convenio anterior.

En 2 claves

  1. Prorroga y modificación del III Convenio Colectivo de Bureau Veritas (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Aplicación del acuerdo a las empresas de Bureau Veritas Inspección y Testing y Bureau Veritas Solutions Iberia (Resolución de 6 de marzo de 2026)

A quién afecta

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  • Empresas de Bureau Veritas Inspección y Testing, SLU, y Bureau Veritas Solutions Iberia, SLU

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Cómo afecta a los implicados

Para los trabajadores de Bureau Veritas, se aplican nuevas condiciones laborales derivadas de la modificación del convenio, que podrían afectar salarios, jornadas o derechos. Las empresas de estas entidades deben revisar sus contratos y políticas internas para cumplir con las nuevas normas. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y orientaciones para los empleados afectados. No se especifica un plazo de aplicación, por lo que se requiere una evaluación de riesgo adicional.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-03-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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