La Secretaría General de Pesca establece las disposiciones adicionales para la pesquería de la caballa en las zonas 8c y 9a para los buques de otras artes (distintas al arrastre y cerco) con puerto base en A Coruña para 2026. La resolución fija la cuota de pesca dirigida en 124.855 kg, de la cual el 10% se reserva para la modalidad de volanta (12.486 kg) y el 45% se destina a pesca accesoria para otras modalidades (112.370 kg), según los parámetros de la Orden AAA/2534/2015.
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Resolución de 13 de marzo de 2026
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Resolución de 13 de marzo de 2026
Para los armadores y tripulaciones de buques de otras artes con puerto en A Coruña, la norma permite iniciar la pesca dirigida desde las 00:00 horas del día siguiente a la firma de la resolución, permitiendo excepcionalmente superar el límite del 20% de caballa en el total de capturas (punto cuarto). La pesquería de captura dirigida se cerrará automáticamente una vez agotada la cantidad asignada (punto séptimo).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Controlar el agotamiento de la cuota de pesca dirigida para evitar capturas fuera de plazo | Séptimo |
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