La Orden TMD/219/2026 modifica el artículo 15 de la Orden HAP/196/2015 al añadir una disposición adicional única que establece un plazo de 30 días para presentar solicitudes de subvención por obras de reparación o restitución tras catástrofes naturales. Este plazo se aplica a entidades locales con infraestructuras afectadas, incluyendo municipios, mancomunidades y corporaciones locales. La norma se enmarca en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, y en la disposición adicional 8 de la Orden HAP/196/2015.
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
Las entidades locales afectadas por catástrofes naturales deben presentar sus solicitudes de subvención dentro de 30 días desde la declaración del evento (art. 15 y disp. ad. única). El plazo no se extiende por falta de documentación. Las administraciones locales pierden tiempo en procesos administrativos si no cumplen el plazo. El acceso a subvenciones se limita a obras de reparación o restitución de infraestructuras y servicios municipales.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de subvención para obras de reparación o restitución dentro de 30 días desde la declaración de catástrofe | art. 15 | 30 días desde la declaración del evento |
El equipo subvenciones revisa tu situación concreta.