La Resolución de 11 de diciembre de 2025 establece que cuando una georreferenciación se inscribe sin tramitación de expediente por el artículo 201.3 de la Ley Hipotecaria, los afectados tienen derecho a presentar recurso en un plazo de 15 días naturales desde la notificación. Este mecanismo permite corregir errores en la inscripción de superficie, especialmente cuando hay reducción superior al 10% de la cabida anterior. El recurso se presenta ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Aplica a este perfil
Aplica a este perfil
Aplica a este perfil
art. 201.3
Los propietarios y terceros afectados por una georreferenciación sin tramitación pueden presentar recurso en 15 días naturales para corregir errores de superficie. Las administraciones registrales deben notificar la inscripción con precisión. Los asesores de propiedad deben informar a sus clientes sobre el plazo y el derecho de recurso. Los afectados que no actúan en el plazo pierden la posibilidad de impugnar la inscripción.
El equipo fiscal revisa tu situación concreta.