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BOE-A-2026-5716 ·12 de marzo de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Laboral

Empresas de transporte y operadores de ULM: 3 meses para adaptar licencias y registros de pilotos

El Real Decreto 182/2026 modifica el reglamento de transporte terrestre y de aeronaves ultraligeras, añadiendo nuevas disposiciones sobre licencias de pilotos y registros técnicos (arts. 2-4, 7-10, 12, 5.6). Se suprime la disposición transitoria 3 del RD 765/2022 y se modifica el artículo 80 del RD 1211/1990. Se establece un plazo de adaptación de tres meses a partir de la entrada en vigor para cumplir con los nuevos requisitos de registro y habilitación.

En 3 claves

  1. Se suprime la disposición transitoria 3 del RD 765/2022 (art. 2)
  2. Se modifica el artículo 80 del RD 1211/1990 sobre condiciones de operación (art. 2)
  3. Plazo de tres meses para adaptar registros de pilotos y licencias (disposición final 2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de transporte terrestre
  • Operadores de aeronaves ultraligeras (ULM)

art. 2

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas de transporte terrestre
  • Operadores de ULM con infraestructura propia

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Las empresas de transporte terrestre y operadores de aeronaves ultraligeras deben actualizar sus registros de pilotos y sistemas de habilitación dentro de tres meses (art. 5.6, 2-4, 7-10). El plazo de cumplimiento afecta directamente a su capacidad de operar con licencias vigentes. Los pilotos deben presentar sus registros actualizados en el sistema centralizado. Las administraciones regionales deben revisar los registros transitorios y aplicar los nuevos criterios de validación.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar registros de pilotos y sistemas de habilitación art. 5.6 3 meses desde entrada en vigor
Revisar y suprimir la disposición transitoria 3 del RD 765/2022 art. 2

Línea de vida

2026-03-12PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-12Entra en vigorEntrada en vigor (disposición final 2)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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