Esta resolución modifica la convocatoria de manifestaciones de interés para la selección de operaciones del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza cofinanciado por el FSE+. Los cambios regulan el flujo de fondos desde la Comisión Europea hacia la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (art. Primero) y precisan que las subvenciones se otorgarán mediante reembolso de costes incurridos o financiación a tipo fijo (art. Tercero).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Para las Comunidades Autónomas que actúen como beneficiarias, la norma clarifica el procedimiento de recepción de fondos, que se canalizarán a través de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional (art. Primero). Asimismo, las entidades beneficiarias deben elegir entre la modalidad de reembolso de costes o financiación a tipo fijo para cubrir sus proyectos (art. Tercero).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Seleccionar entre la modalidad de reembolso de costes o financiación a tipo fijo para las subvenciones | art. Tercero |
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