La Resolución de 24 de febrero de 2026 corrige errores en la anterior publicación de 12 de febrero y publica las tablas salariales definitivas para 2025 y provisionales para 2026 del convenio colectivo del sector metalográfico y de fabricación de envases metálicos (art. 2). Este cambio afecta directamente a las empresas contratantes que deben ajustar sus salarios según las nuevas tablas, que se aplican a partir de la fecha de publicación en el BOE (art. 3).
Aplica a este perfil
art. 2
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 2
Aplica a este perfil
art. 2
Para empresas del sector metalográfico y de fabricación de envases metálicos, se establecen nuevas tablas salariales que deben aplicarse a partir de la publicación en el BOE. Las empresas deben revisar sus contratos y ajustar salarios de forma progresiva en los próximos 30 días (art. 3). Los trabajadores podrán exigir ajustes salariales conforme a las nuevas tablas si no han sido ya incorporadas en sus contratos. No hay cambios en el régimen de derecho laboral, solo en las tablas salariales.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las tablas salariales definitivas de 2025 y provisionales de 2026 | art. 2 | 30 días desde la publicación en el BOE |
| Revisar contratos de trabajo para ajustar salarios conforme a las nuevas tablas | art. 3 | 30 días desde la publicación en el BOE |
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