La Orden TED/162/2026 modifica la disposición adicional 3 de la Orden TED/1444/2025, al establecer un plazo final para la presentación de solicitudes de ayudas de energía eólica. Este plazo se fija en diciembre de 2026, concreto en el 31 de diciembre, para que los solicitantes puedan acceder a las subvenciones del Fondo CE. El cambio afecta directamente a los proyectos de producción de energía eólica que requieran financiamiento estatal o europeo.
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disposicion adicional 3 de la Orden TED/1444/2025
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
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disposicion adicional 3 de la Orden TED/1444/2025
Los proyectos de energía eólica deben presentar sus solicitudes de ayudas antes del 31 de diciembre de 2026, de lo contrario perderán derecho a la subvención (art. 3). Las empresas y entidades que desarrollan instalaciones eólicas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia deben actuar con urgencia. El plazo no permite retrasos ni extensiones, lo que aumenta el riesgo de inadecuación en la documentación o en la planificación técnica.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitudes de ayudas de energía eólica antes del 31 de diciembre de 2026 | disposicion adicional 3 de la Orden TED/1444/2025 | 31-12-2026 |
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