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La Resolución de 26 de febrero de 2026 ordena la derogación del Real Decreto-ley 4/2026 de 10 de febrero, que introdujo modificaciones al artículo 20.1 y añadió el artículo 20 ter en el RDL 1/2007. Estas modificaciones quedan sin efecto desde la fecha de publicación del acuerdo, con un plazo de 30 días para su aplicación (art. 2).
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Las empresas del sector de comercio, transporte y servicios pierden la obligación derivada de las nuevas normas de accesibilidad en emergencias. Los consumidores y usuarios no sufren cambios directos, pero los proveedores deben ajustar sus políticas de emergencia. Los asesores deben revisar los contratos y planes de respuesta ante emergencias para evitar incumplimientos. Las administraciones de Protección Civil deben adaptar sus protocolos según el texto anterior del RDL 1/2007.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar contratos y planes de emergencia para eliminar referencias a las modificaciones derogadas | art. 2 | 30 días desde la publicación |
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