La Resolución de 26 de febrero de 2026 publica el Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 3/2026, que modifica las condiciones de cotización para trabajadores en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se establece un plazo de tres meses para que las empresas incorporen estas nuevas condiciones en sus registros de cotización (art. 2). El cambio afecta directamente a los trabajadores en sectores como agentes forestales, bomberos y servicios sanitarios.
Aplica a este perfil
art. 2
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 2
Los trabajadores en actividades económicas de riesgo (agentes forestales, bomberos, sanitarios) pasan a tener nuevas condiciones de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Las empresas deben actualizar sus registros de cotización en el plazo de tres meses (art. 2). El riesgo de incumplimiento es la no incorporación de las nuevas condiciones, lo que puede derivar en multas o ajustes posteriores. El sector sanitario y de emergencias es el más afectado por el cambio.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar las nuevas condiciones de cotización para trabajadores en accidentes de trabajo o enfermedades profesionales | art. 2 | 3 meses desde entrada en vigor |
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