La Secretaría de Estado de Memoria Democrática declara la Iglesia de San Francisco de Asís de Vitoria como Lugar de Memoria Democrática en relación con los sucesos del 3 de marzo de 1976. Esta declaración se realiza conforme a la Ley 20/2022 de Memoria Democrática y busca garantizar la preservación, identificación y señalización de este espacio histórico (Quinto). La Administración impulsará medidas de difusión, recursos audiovisuales y señalización interpretativa en el lugar.
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
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Para la Administración General del Estado, la declaración implica la obligación de impulsar recursos audiovisuales, digitales y señalización (placas o paneles) para fines conmemorativos y didácticos. El uso actual del bien no se altera, pero cualquier uso futuro deberá ser compatible con la preservación de la memoria de las violaciones de derechos humanos y el reconocimiento de las víctimas. No se establecen cargas económicas directas para particulares o empresas en este texto.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Interponer recurso potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de Memoria Democrática | artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 | 1 mes desde su publicación |
| Impugnar directamente mediante recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional | artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998 |
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