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BOE-A-2026-3957 ·20 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

La AEAT publica la revocación de diversos números de identificación fiscal (NIF)

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) comunica la revocación de los números de identificación fiscal (NIF) de las entidades que figuran en el anexo de la resolución (disposición adicional sexta 4 de la Ley 58/2003). Esta medida se adopta conforme al marco de la Ley General Tributaria para asegurar la integridad del registro de contribuyentes.

En 1 clave

  1. Revocación de NIF de las entidades listadas en el anexo de la resolución (disposición adicional sexta 4 de la Ley 58/2003)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Entidades cuya identificación fiscal ha sido revocada según el anexo

disposición adicional sexta 4 de la Ley 58/2003

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Cómo afecta a los implicados

Para las sociedades listadas en el anexo, la revocación de su NIF implica la pérdida de su capacidad para operar fiscalmente y realizar trámites ante la Administración. Para terceros y proveedores de estas entidades, supone un riesgo de operar con sujetos que carecen de identificación fiscal válida, lo que podría derivar en problemas de deducibilidad o cumplimiento normativo.

Línea de vida

2026-02-20PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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