La Secretaría General de Pesca establece la ordenación de la pesquería de la caballa (stock MAC/8C3411) para 2026 en las zonas 8c y 9a. Para los buques de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en Lugo, se fija una cuota adaptada de 177.922 kg (Primero). De este total, el 90% (160.129,80 kg) se destina a pesca dirigida y el 10% (17.792,20 kg) a pesca accesoria (Segundo).
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Segundo
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Los armadores y tripulaciones de buques de otras artes con puerto en Lugo disponen de una cuota específica para la campaña 2026, la cual podrá ser ajustada tras el cierre definitivo de datos de consumo de 2025 (Segundo). La pesquería comenzará a las 00:00 horas del día siguiente a la publicación de la resolución (Primero) y se cerrará automáticamente al agotarse la cantidad asignada para pesca dirigida (Cuarto).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Cese de la actividad de pesca dirigida una vez agotada la cuota asignada | Cuarto |
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