La Resolución de 2 de febrero de 2026 publica una sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que declara inaplicables los artículos 18.5 y 19, y nulos los incisos de los artículos 34 y 69.17 del Convenio colectivo de Azul Handling Spain Limited, publicado el 10 de julio de 2025. Las empresas afectadas deben ajustar su aplicación del convenio en el plazo de tres meses desde la publicación de la resolución (art. 2).
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Las empresas del sector de transporte aéreo que aplican el convenio de Azul Handling deben revisar sus contratos y condiciones laborales para eliminar lo referido a los artículos 18.5, 19, 34 y 69.17, ya que son nulos o inaplicables. Los trabajadores podrían ver modificadas sus condiciones de trabajo. Los asesores deben actualizar sus informes y consejos sobre el convenio. Las administraciones deben verificar la vigencia de los acuerdos en sus registros.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y eliminar cláusulas vinculadas a artículos 18.5, 19, 34 y 69.17 del convenio | art. 2 | 3 meses desde la publicación de la resolución |
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