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BOE-A-2026-3594 ·16 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Los autónomos con contrato de trabajo: 3 meses para ajustar salarios según nuevas tablas salariales de 2026

La resolución publica las tablas salariales definitivas para 2025 y las iniciales para 2026, así como la revisión del complemento por movilidad territorial. Estas tablas aplican a autónomos con contrato de trabajo, conforme al art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 713/2010. El ajuste debe realizarse en el plazo establecido por la norma.

En 2 claves

  1. Los autónomos con contrato de trabajo deben ajustar salarios a las nuevas tablas de 2026 (art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores)
  2. El complemento por movilidad territorial se revisa en la nueva tabla (art. 90.3 Ley del Estatuto de los Trabajadores)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Tienen contrato de trabajo
  • Están sujetos al Convenio colectivo de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de España

art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores

Cómo afecta a los implicados

Los autónomos con contrato de trabajo deben actualizar sus salarios según las nuevas tablas salariales para 2026, lo que afecta directamente su estructura de remuneración (art. 90.2 y 3). Las administraciones no sufren cambios, pero los autónomos deben cumplir con el ajuste salarial en el plazo establecido. El riesgo de incumplimiento es la posible vulneración de la norma de salario mínimo.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Ajustar salarios a las tablas salariales iniciales de 2026 art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores 3 meses desde la publicación

Línea de vida

2026-02-16PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-16Entra en vigorEntrada en vigor (resolución de 30 de enero de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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