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BOE-A-2026-3212 ·12 de febrero de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Fiscal

Se derogan normas sobre comercialización de energía eléctrica con efecto inmediato

El Real Decreto 88/2026 deroga varias normas anteriores sobre suministro y comercialización de energía eléctrica, incluyendo el Real Decreto 1718/2012 y el RD 1074/2015, para alinear el marco normativo con la Directiva (UE) 2019/944. Se modifica el art. 23 bis del RD 1183/2020 y se añade una disposición adicional al RD 647/2020 (art. 2, 3, 5.3.4, 6 a 11, disposiciones adicionales 1, 2 y final 1 del RD 1164/2001, RD 1955/2000, RD 1435/2002, Orden ITC/3519/2009, Orden ITC/1659/2009).

En 3 claves

  1. Deroga RD 1718/2012 y RD 1074/2015 (disposición adicional 2 del RD 1074/2015)
  2. Modifica el art. 23 bis del RD 1183/2020 (art. 23 bis del RD 1183/2020)
  3. Añade disposición adicional al RD 647/2020 (art. 2, 3, 5.3.4, 6 a 11, disposiciones adicionales 1, 2 y final 1 del RD 1164/2001)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de energía
  • Con actividad de comercialización o suministro

disposición adicional 2 del RD 1074/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

disposición adicional 2 del RD 1074/2015

Aplica a este perfil

  • Empresas de energía con actividad comercial o distribución

disposición adicional 2 del RD 1074/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas de energía y distribuidores deben actualizar sus contratos y procedimientos de comercialización conforme a las nuevas normas derogadas. Los consumidores no sufren cambios directos en sus derechos, pero los servicios de suministro podrán verse afectados por la transposición de nuevas reglas. Las administraciones públicas deben reorganizar sus registros y procedimientos de autorización (art. 2, 3, 5.3.4, 6 a 11).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar contratos de comercialización conforme a las normas derogadas disposición adicional 2 del RD 1074/2015

Línea de vida

2026-02-12PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-12Entra en vigorEntrada en vigor (disposición final 9)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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