El Real Decreto 85/2026 deroga el currículo del RD 1079/2012 y establece el nuevo certificado profesional para instalación y mantenimiento de ascensores. Se fija el currículo y las ofertas de grados A y B (art. 2). Las empresas que operen con equipos de elevación deben actualizar su formación profesional según el nuevo currículo (art. 3). El plazo para adaptación es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4).
Aplica a este perfil
art. 3
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 3
Para empresas con instalaciones de ascensores, se exige la actualización del currículo de formación profesional en los próximos tres meses. El incumplimiento puede conllevar multas de hasta 1.500 EUR por cada caso (art. 4.2). Las organizaciones de formación deben revisar sus programas para alinearse con el nuevo certificado. No afecta a trabajadores o autónomos directamente, pero impacta en sus contratos de formación.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar currículo de formación según el nuevo certificado profesional | art. 3 | 3 meses desde entrada en vigor |
| Verificar cumplimiento de las ofertas de grados A y B | art. 2 |
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