El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación deniega la concesión de Títulos de Obtención Vegetal en el Registro de Variedades Protegidas para las variedades de cebolla 'VILAR' y de guisante 'CARTUJANO' (art. 65.3 Reglamento de Protección de Obtenciones Vegetales). Esta resolución agota la vía administrativa (art. 114 Ley 39/2015).
Aplica a este perfil
Anexo I
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Para los solicitantes afectados, POSTOIRO, SOCIEDAD COOPERATIVA GALEGA (cebolla) y el CSIC (guisante), la resolución impide la protección de sus variedades vegetales bajo este registro. Los interesados disponen de un mes para interponer recurso de reposición ante el Ministro o dos meses para acudir a la Audiencia Nacional (art. 114 Ley 39/2015).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Interponer recurso de reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación | art. 114 Ley 39/2015 | 1 mes desde la notificación |
| Impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional | art. 114 Ley 39/2015 | 2 meses desde la publicación |
El equipo fiscal revisa tu situación concreta.