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BOE-A-2026-2549 ·4 de febrero de 2026 ·otro Impacto bajo
Fiscal

Se suspende la vigencia de artículos de la Ley 5/2024 de Galicia desde el 4 de febrero de 2026

El Tribunal Constitucional suspende desde el 4 de febrero de 2026 la aplicación de varios artículos de la Ley 5/2024 de Galicia, incluyendo artículos sobre asistencia social, discapacidad y energía eólica. Esta medida se toma por inconstitucionalidad y se aplica a las partes legitimadas. La suspensión se extiende hasta el 30 de septiembre de 2025 para ciertos casos, según el análisis del recurso. La decisión se basa en la Providencia de 12 de febrero de 2026.

En 2 claves

  1. Suspendida desde el 4 de febrero de 2026 la vigencia de artículos de la Ley 5/2024 de Galicia (art. 30, apartados 2, 13, 17, 19, 20, 21 y 25, y art. 45.5)
  2. La suspensión se extiende hasta el 30 de septiembre de 2025 para las partes legitimadas (disposiciones de la Providencia de 12 de febrero de 2026)

A quién afecta

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  • Empresas con actividades en Galicia relacionadas con asistencia social, energía eólica o discapacidad

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  • Autónomos afectados por normas sobre discapacidad o asistencia social

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  • Personas afectadas por normas sobre asistencia social o discapacidad

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  • Empresas de energía o sectores vinculados a producción de energía en Galicia

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  • No residentes con derechos o obligaciones en Galicia bajo las normas afectadas

Cómo afecta a los implicados

Las administraciones gallegas pierden efectividad en la aplicación de las normas afectadas, lo que genera incertidumbre en procesos fiscales y sociales. Los ciudadanos afectados por las normas sobre asistencia social o discapacidad no podrán acceder a sus derechos mientras dure la suspensión. Los asesores fiscales deben ajustar sus procedimientos y comunicar a sus clientes la suspensión de las normas. Las empresas de energía y sectores vinculados a la producción de energía enfrentan interrupciones en sus procesos administrativos.

Línea de vida

2026-02-04PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-04Entra en vigorEntrada en vigor (Providencia de 12 de febrero de 2026)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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