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BOE-A-2026-19524 ·21 de septiembre de 2026 ·Resolución not-relevant
Laboral

Personal de la Administración de Justicia: regulación de la jornada general y de dedicación especial

Esta resolución regula la duración de la jornada laboral del personal al servicio de la Administración de Justicia, adaptándola a la jornada de la Administración General del Estado (art. 500.2 LOJ). Establece una jornada general de 35 horas semanales y una de dedicación especial de 37,5 horas semanales. Asimismo, define el régimen de compensación por actuaciones procesales urgentes fuera de horario y la posibilidad de jornada intensiva de verano (art. Séptimo y Octavo).

En 3 claves

  1. Jornada general de 35 horas semanales y de dedicación especial de 37,5 horas semanales (Resolución de 14 de abril de 2026)
  2. Horas entre 17:00 y 22:00 computan como dos horas efectivas (art. Séptimo.1.a) (art. Séptimo.1.a)
  3. Entrada en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE (art. Noveno) (art. Noveno)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Cómo afecta a los implicados

Para el personal de la Administración de Justicia, la norma fija los límites de su jornada semanal y establece un sistema de cómputo de horas para actuaciones urgentes (art. Séptimo). Las horas trabajadas entre las 17:00 y las 22:00 computan como doble, y de las 22:00 a las 07:30 computan como 2,5 horas efectivas (art. Séptimo.1). El exceso de horas puede compensarse con horario flexible el mes siguiente o con días de permiso (art. Séptimo.3).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar el cómputo de horas especiales para actuaciones procesales urgentes e inaplazables art. Séptimo

Línea de vida

2026-09-21PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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