El INTA actualiza la constitución y composición de su Mesa de Contratación y de la Mesa de Diálogo Competitivo para adaptarse a la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (art. 323.2 LCSP). La nueva estructura modifica la presidencia y el número de vocales, estableciendo una composición permanente que incluye miembros de los cuerpos jurídico y de intervención, además de vocales de las Subdirecciones Generales (art. 3.1). Esta resolución deroga la normativa de 2016 para asegurar la adecuación al marco legal vigente.
Aplica a este perfil
art. 3.1
Aplica a este perfil
art. 3.1
Para las empresas y proveedores que participan en procesos de contratación con el INTA, la norma garantiza una estructura de evaluación más especializada y alineada con la LCSP. En procedimientos de diálogo competitivo o asociación para la innovación, la Mesa se ampliará con tres expertos adicionales con voz y voto (art. 3.1.4). La nueva composición debe estar publicada en el perfil de contratante con al menos siete días de antelación a su primera sesión (disp. transitoria única).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar la composición de la Mesa en el perfil de contratante antes de la primera sesión de licitación | disp. transitoria única | 7 días antes de la primera sesión |
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