La CNMC modifica la Circular 1/2026 para establecer un régimen de preinscripción transitoria de alias en el Registro de Alias. Esta medida permite que los alias cuya solicitud se haya presentado antes de las 15:00 horas del 14 de septiembre de 2026 puedan seguir utilizándose temporalmente (primero. Objeto). El objetivo es evitar la interrupción del servicio ante la entrada en vigor de la obligación de bloqueo de mensajes no registrados el 15 de septiembre de 2026 (segundo).
Aplica a este perfil
segundo
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segundo
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segundo
Para las empresas y Administraciones públicas que utilizan alias para mensajería, la norma evita el bloqueo inmediato de sus comunicaciones si su solicitud de inscripción está pendiente (segundo). Los titulares de alias preinscritos podrán seguir operando hasta que la CNMC resuelva la inscripción o denegación en un plazo máximo de tres meses (segundo). Los operadores de mensajería deberán observar esta medida transitoria para no bloquear mensajes de alias en proceso de tramitación.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar que la solicitud de alias cumple los requisitos de formato del anexo III y aporta declaraciones responsables | segundo |
El equipo administrativo revisa tu situación concreta.