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BOE-A-2026-1895 ·26 de enero de 2026 ·orden Impacto bajo
Fiscal

Las explotaciones de mejillón deben cumplir condiciones técnicas mínimas para ser asegurables en acuicultura marina

La Orden APA/28/2026 establece las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo para que las explotaciones de mejillón sean asegurables en el seguro de acuicultura marina. Estas condiciones se aplican en el cuadragésimo séptimo y octavo Plan de Seguros Agrarios Combinados (art. 1). El cumplimiento es obligatorio para que las explotaciones puedan suscribirse al seguro.

En 2 claves

  1. Las explotaciones de mejillón deben cumplir condiciones técnicas mínimas para ser asegurables (art. 1)
  2. Las condiciones se aplican en el 37º y 38º Plan de Seguros Agrarios Combinados (art. 1)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Explotaciones de mejillón
  • En el ámbito de acuicultura marina

art. 1

Aplica a este perfil

  • Autónomos con explotaciones de mejillón
  • En el ámbito de acuicultura marina

art. 1

Aplica a este perfil

  • Explotaciones de mejillón
  • En el ámbito de acuicultura marina

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Las explotaciones de mejillón deben verificar y cumplir con las condiciones técnicas mínimas para acceder al seguro. Los gestores agrícolas y operadores de explotaciones deben revisar sus prácticas de manejo y explotación. Las administraciones agrarias y ENESA podrán evaluar el cumplimiento. Los asesores agrarios deben informar sobre los requisitos técnicos para que las explotaciones puedan suscribirse al seguro.

Línea de vida

2026-01-26PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
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