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BOE-A-2026-18699 ·7 de septiembre de 2026 ·orden Impacto medio
Fiscal

Expendedurías de tabaco: nuevos modelos de autoliquidación de tasas y canon concesional

La Orden HAC/936/2026 aprueba los nuevos modelos de autoliquidación para las tasas por servicios del Comisionado para el Mercado de Tabacos y el modelo de liquidación del canon concesional (art. II). Asimismo, establece el criterio de medición de distancias entre establecimientos, definiendo que se realizará desde el centro de la puerta de acceso público de un local hasta la puerta más próxima del otro (art. 3.1 y 3.2). Esta norma deroga la Orden HAC/475/2021 para unificar la gestión de estos tributos (disp. derogatoria única).

En 3 claves

  1. Uso de modelos 991 para tasa liquidada por el Comisionado y 791 para tasas autoliquidadas (art. II). (art. II)
  2. Medición de distancias desde el centro de la puerta de acceso público hasta la puerta más próxima (art. 3.2). (art. 3.2)
  3. Entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE (disp. final segunda). (disp. final segunda)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Titulares de expendedurías de tabaco y timbre
  • Titulares de puntos de venta con recargo

art. II

Aplica a este perfil

  • Titulares de expendedurías de tabaco y timbre
  • Titulares de puntos de venta con recargo

art. II

Cómo afecta a los implicados

Para los titulares de expendedurías de tabaco y puntos de venta con recargo, la norma impone el uso de nuevos modelos de autoliquidación (códigos 596, 597, 598 y 599) para el abono de tasas y cánones (art. II). Los solicitantes de nuevas autorizaciones deben considerar el nuevo criterio de medición de distancias basado en las puertas de acceso público para cumplir con los requisitos de proximidad (art. 3). Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor se regirán por la normativa anterior (disp. transitoria única).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Utilizar los nuevos modelos de autoliquidación para el abono de tasas y cánones art. II

Línea de vida

2026-09-07PublicacionPublicación en el BOE
2026-09-08Entra en vigorEntrada en vigor (disp. final segunda)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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