La Ley 4/2026 establece el nuevo marco normativo para la caza y la pesca en la Comunidad de Madrid. Esta disposición introduce modificaciones sustanciales en la Ley 7/2024 (art. 5) y en la Ley 4/2014 (disposición transitoria 1.4), integrando criterios de evaluación de impacto ambiental en la gestión de la fauna y la pesca fluvial.
Aplica a este perfil
Para los cazadores y pescadores en la Comunidad de Madrid, la norma redefine las condiciones de ejercicio de sus actividades bajo nuevos criterios de sostenibilidad (ref. indice BOE). Las entidades gestionadoras deberán adaptar sus reglamentos a las modificaciones introducidas en la Ley 7/2024 y la Ley 4/2014. El marco legal se ajusta para armonizar la actividad con la evaluación de impacto ambiental.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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