La Orden APA/865/2026 establece las condiciones técnicas, bienes asegurables y rendimientos para el seguro de explotaciones de níspero y otros frutales (azufaifo, castaño, endrino, granado, higuera, kiwi y membrillo) dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados (art. 1). La norma regula tanto la producción como las plantaciones y permite asegurar instalaciones como estructuras antigranizo o sistemas de riego (art. 1.1). Estas condiciones serán aplicables también al Cuadragésimo Octavo Plan de Seguros Agrarios Combinados (preámbulo).
Aplica a este perfil
art. 1.1
Aplica a este perfil
art. 1.1
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
art. 1.2.c
Para los agricultores de frutales como kiwi, higuera o castaño, la norma define qué partes de su explotación pueden protegerse, incluyendo plantones en desarrollo e instalaciones de riego o protección (art. 1.1). Se excluyen explícitamente las parcelas de experimentación, las que estén en estado de abandono, las de autoconsumo en huertos familiares y los árboles aislados (art. 1.2). Para asegurar instalaciones, el agricultor tiene la obligación de asegurar simultáneamente el conjunto de la producción y la plantación (art. 1.1).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar que las parcelas no estén en estado de abandono para mantener la cobertura | art. 1.2.b | |
| Contratar el conjunto de producción, plantación e instalaciones de forma simultánea para asegurar infraestructuras | art. 1.1 |
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