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BOE-A-2026-17756 ·14 de agosto de 2026 ·orden not-relevant
Administrativo

Central Nuclear Almaraz: se prorroga la autorización de explotación de las Unidades I y II hasta 2030

La Orden TED/864/2026 concede la renovación de la autorización de explotación de la Central Nuclear Almaraz, Unidades I y II. La nueva vigencia se extiende hasta el 8 de junio de 2030 para ambas unidades, conforme a la Revisión Periódica de Seguridad (RPS) vigente. Esta decisión se basa en el informe favorable del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y se ajusta al Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas aprobado por el Real Decreto 1217/2024.

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Titular de la Central Nuclear Almaraz (CNAT, AIE)

Cómo afecta a los implicados

Para la entidad titular, Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, AIE (CNAT), la norma garantiza la continuidad operativa de la central hasta junio de 2030, supeditada al cumplimiento de los límites y condiciones de seguridad nuclear y protección radiológica detallados en el anexo de la orden. El procedimiento ha seguido el marco de modificación de autorización previsto en el artículo 7 del Real Decreto 1217/2024.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Cumplir con los límites y condiciones de seguridad nuclear y protección radiológica del anexo

Línea de vida

2026-08-14PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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