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BOE-A-2026-17570 ·11 de agosto de 2026 ·Resolución Impacto medio
Administrativo

Agentes del mercado eléctrico: implementación de 96 rondas de negociación en el mercado intradiario continuo

La CNMC modifica las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de electricidad para introducir 96 rondas de negociación en el mercado intradiario continuo. Esta resolución, basada en la propuesta del Operador del Mercado, ajusta los procedimientos de negociación, la limitación de ofertas por fichero y la participación de agentes en los mercados intradiarios (Regla 4.1, Regla 5.2).

En 2 claves

  1. Implementación de 96 rondas de negociación en el mercado intradiario continuo (Resolución de 30 de julio de 2026)
  2. Modificación de las reglas de participación de agentes en mercados intradiarios (Regla 4.1)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Agentes del mercado diario e intradiario de electricidad
  • Vendedores o compradores de energía

Regla 4.1

Cómo afecta a los implicados

Para los agentes del mercado eléctrico (compradores y vendedores), la medida implica una mayor frecuencia de negociación en el mercado intradiario, lo que requiere una adaptación operativa a las nuevas rondas (Regla 5.2, Regla 6.2). Los operadores deben gestionar la nueva estructura de 96 rondas y la revisión de ofertas tras la integración del PDVP. Los agentes deben asegurar el cumplimiento de las nuevas reglas de comunicación de altas y bajas de unidades de oferta (Regla 9.1).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Adaptar los sistemas de negociación a la nueva estructura de 96 rondas intradiarias Regla 5.2
Cumplir con los nuevos procedimientos de comunicación de altas y bajas de unidades de oferta Regla 9.1

Línea de vida

2026-08-11PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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