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BOE-A-2026-17569 ·11 de agosto de 2026 ·Resolución Impacto medio
Mercantil

Entidades financieras: publicación de los tipos de referencia IRS de julio de 2026 para el cálculo del valor de mercado

El Banco de España publica los índices y tipos de referencia (Interest Rate Swap - IRS) correspondientes a julio de 2026. Estos valores se utilizan para calcular el valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de préstamos hipotecarios y para determinar el diferencial aplicable en la cancelación anticipada de préstamos o créditos (art. 1).

En 2 claves

  1. Tipos IRS para compensación por riesgo de tipo de interés: desde 2.909% (2 años) hasta 3.315% (20 años), art. 1.A (art. 1.A)
  2. Tipo IRS al plazo de un año para cálculo de diferencial en cancelaciones anticipadas: 2.718%, art. 1.B (art. 1.B)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Titulares de préstamos hipotecarios o créditos sujetos a compensación por riesgo de tipo de interés o cancelación anticipada

art. 1

Aplica a este perfil

  • Entidades de crédito y entidades financieras que gestionen préstamos hipotecarios o créditos con riesgo de tipo de interés

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Para las entidades financieras, estos tipos son la base técnica obligatoria para valorar el riesgo de tipo de interés en hipotecas y para el cálculo de compensaciones por cancelaciones anticipadas (art. 1). Para los particulares, estos índices determinan indirectamente el valor de mercado que la entidad debe considerar al realizar liquidaciones o compensaciones por riesgo de tipo de interés.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar los tipos de referencia publicados para el cálculo del valor de mercado en las operaciones correspondientes art. 1

Línea de vida

2026-08-11PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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