El Real Decreto 642/2026 regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a entidades del Tercer Sector de Acción Social y otros organismos (I). Esta medida se fundamenta en razones excepcionales de interés público, social, económico o humanitario que impiden la convocatoria pública, conforme a la Ley 38/2003 (I). El objetivo es asegurar la continuidad de actuaciones en inclusión social, lucha contra la pobreza y conciliación (II).
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Para las entidades del Tercer Sector de Acción Social y organismos con trayectoria de colaboración con la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, se habilita una vía de financiación directa sin concurso público (I, II). Esto permite la continuidad de servicios esenciales en ámbitos de vulnerabilidad y diversidad familiar (II). Las entidades deben acreditar una trayectoria prolongada de colaboración con el Ministerio para encajar en este régimen excepcional (II).
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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