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BOE-A-2026-16553 ·30 de julio de 2026 ·Real Decreto not-relevant
Subvenciones

Corporaciones locales de Andalucía y Extremadura: 50 millones de euros para contratar desempleados en labores de reconstrucción

El Real Decreto 608/2026 regula la concesión directa de 50 millones de euros por parte del SEPE para financiar la contratación de personas desempleadas en municipios de Andalucía y Extremadura afectados por fenómenos meteorológicos adversos (art. 35.1 RDL 5/2026). La subvención cubre los costes salariales y la cuota empresarial a la Seguridad Social (incluyendo desempleo, formación profesional y FOGASA) (art. 35.2 RDL 5/2026). La concesión se realiza de forma directa por razones de interés público y la necesidad urgente de reconstrucción (art. 22.2.c Ley 38/2003).

En 3 claves

  1. Dotación total de 50 millones de euros para la contratación de personas desempleadas (art. 35.1 RDL 5/2026)
  2. La subvención cubre salarios y cuota empresarial a la Seguridad Social (desempleo, formación y FOGASA) (art. 35.2 RDL 5/2026)
  3. Concesión directa por razones de interés público y urgencia en la reconstrucción (art. 22.2.c Ley 38/2003)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Persona desempleada
  • Residente en municipios de Andalucía o Extremadura afectados por fenómenos meteorológicos

art. 35.1 RDL 5/2026

Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

Para las corporaciones locales de las zonas afectadas, se habilita una vía de financiación directa para ejecutar obras de interés general y social mediante la contratación de desempleados (art. 35.1 RDL 5/2026). Para los desempleados de dichos municipios, supone una oportunidad de inserción laboral en el marco de programas de activación para el empleo (art. 41 a 46 RD 818/2021). La norma garantiza la cobertura de la totalidad de la carga social del trabajador (art. 35.2 RDL 5/2026).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Ejecución de obras y servicios de interés general y social mediante contratación de desempleados art. 35.1 RDL 5/2026

Línea de vida

2026-07-30PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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