La Orden APA/773/2026 modifica los datos de los titulares de diversos Títulos de Obtención Vegetal en vigor en el Registro de Variedades Protegidas. Los cambios consisten en la actualización de denominaciones sociales o en la transmisión de la titularidad por cesión de las mismas (Anexo). Esta disposición agota la vía administrativa (art. 114 Ley 39/2015).
Aplica a este perfil
Anexo
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Anexo
Para las empresas y entidades mencionadas en el Anexo, la norma formaliza legalmente sus cambios de nombre o la transferencia de sus derechos sobre variedades vegetales (como arroz, cebada, fresa o melocotonero). Los afectados disponen de un mes para interponer recurso de reposición ante el Ministro o dos meses para acudir a la Audiencia Nacional (art. 114 Ley 39/2015).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Interponer recurso de reposición ante el Ministro si no se está de acuerdo con la modificación | art. 114 Ley 39/2015 | 1 mes |
| Interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional | art. 114 Ley 39/2015 | 2 meses |
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