La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) concede la exención de solicitar el acuerdo previo favorable para la ejecución de construcciones, instalaciones o plantaciones en determinadas zonas del término municipal de Vigo (art. 1). Esta exención se aplica a las áreas identificadas como «Zona exenta» 1 en los planos técnicos, al acreditarse que dichas actuaciones no superan las superficies de limitación de altura ni afectan a la seguridad de las operaciones aéreas (Hechos Segundo).
Aplica a este perfil
Acuerda: Conceder exención...
Aplica a este perfil
Acuerda: Conceder exención...
Para los propietarios, promotores o empresas que realicen obras en el término municipal de Vigo, se elimina la obligación de obtener el acuerdo previo de la AESA siempre que la actuación se ubique en la «Zona exenta» 1 y cumpla con las condiciones de la resolución (Hechos Segundo). Esto agiliza los trámites de autorización administrativa para proyectos que, de otro modo, requerirían este paso adicional para no ser considerados obstáculos (Fundamentos de Derecho Primero).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Consultar los planos de la web de AESA para verificar si la ubicación de la obra está en la «Zona exenta» 1 | Acuerda: Conceder exención... |
El equipo administrativo revisa tu situación concreta.