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BOE-A-2026-16074 ·23 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Personal de Saint-Gobain Cristalería, SL: aplicación de nuevo convenio colectivo desde el 1 de enero de 2026

Se registra y publica el nuevo Convenio Colectivo de la empresa Saint-Gobain Cristalería, SL, suscrito entre la dirección y las secciones sindicales de CC.OO. y UGT (art. 1). El acuerdo regula las condiciones de trabajo de la plantilla, con una vigencia de 5 años que retroactúa al 1 de enero de 2026 (art. 4).

En 3 claves

  1. Vigencia de 5 años, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030, art. 4 (art. 4)
  2. Aplicación en todos los centros de trabajo de la empresa en España, art. 3 (art. 3)
  3. En ultra-actividad, la empresa solo abonará las cuantías salariales vigentes a 31 de diciembre de 2030, art. 5 (art. 5)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Personal de Saint-Gobain Cristalería, SL
  • Excluyendo categoría de Cuadros y EAP que soliciten exclusión

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Para los trabajadores de Saint-Gobain Cristalería, SL, el convenio establece las condiciones laborales aplicables en todos sus centros de España (art. 3). Se excluye de su ámbito personal a la categoría de «Cuadros» y a los «EAP» que soliciten su exclusión (art. 2). En caso de ultra-actividad tras el vencimiento en 2030, la empresa solo estará obligada a mantener las cuantías salariales vigentes a dicha fecha (art. 5).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las condiciones laborales y salariales pactadas en el convenio art. 1 desde el 1 de enero de 2026

Línea de vida

2026-07-23PublicacionPublicación en el BOE
2026-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 4)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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