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BOE-A-2026-15827 ·20 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Empresas y trabajadores en Madrid: se aclara que las indemnizaciones laborales siguen siendo exigibles pese a los Presupuestos 2026

La Comisión Bilateral Estado-Comunidad de Madrid ha resuelto las discrepancias competenciales sobre el artículo 30 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026 (Ley 6/2025). El acuerdo establece que la prohibición de indemnizaciones mencionada en dicha norma no afecta a aquellas que el ordenamiento laboral exige de forma obligatoria (Anexo, apartado I). Con este compromiso, ambas administraciones dan por concluida la controversia planteada (Anexo, apartado II).

En 2 claves

  1. Las indemnizaciones exigibles por el ordenamiento laboral no quedan excluidas por la Ley de Presupuestos 2026 (Anexo, apartado I)
  2. Se consideran resueltas las discrepancias y concluida la controversia entre el Estado y la Comunidad de Madrid (Anexo, apartado II)

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas y trabajadores sujetos a la normativa de la Comunidad de Madrid, este acuerdo garantiza la vigencia de los derechos de indemnización previstos en el ordenamiento laboral, evitando que la interpretación de los Presupuestos 2026 los anulara (Anexo, apartado I). Se elimina la incertidumbre jurídica sobre la procedencia de pagos derivados de contratos laborales en la región.

Línea de vida

2026-07-20PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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