La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma la denegación de un número de registro único de alquiler de corta duración solicitado por la mercantil «Begur Alta House, S.L.» (Hechos I). La denegación se debe a que la finca matriz invade el dominio público marítimo-terrestre en su lindero nor-este, según el análisis de la cartografía catastral y la línea de dominio público (Hechos II). La inscripción solo será posible si se aporta una geometría respetuosa con dicha línea o un título habilitante para la ocupación (Fundamentos de Derecho).
Aplica a este perfil
Hechos I
Para la mercantil solicitante, la denegación impide la obtención del número de registro necesario para la actividad de alquiler de corta duración en la finca afectada. El defecto es subsanable mediante la aportación de una representación gráfica en formato GML que respete la delimitación del dominio público o la acreditación de un título habilitante para ocupar dicha franja (Fundamentos de Derecho).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aportar representación gráfica en formato GML respetuosa con la línea de dominio público o título habilitante | Fundamentos de Derecho |
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