La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas ha acordado instar al Gobierno y al Ministerio del Interior a establecer controles más estrictos sobre las fundaciones y entidades vinculadas a partidos políticos. Entre las medidas propuestas se encuentran la obligatoriedad de presentar auditorías externas anuales para recibir ayudas públicas y la inscripción en el Registro de Partidos Políticos como requisito para subvenciones (punto 1 y 2). Asimismo, se insta a la disolución de entidades sin actividad o cuya actividad se limite a la tenencia de bienes (punto 4).
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Para las fundaciones y entidades vinculadas a partidos políticos, la resolución supone un riesgo de pérdida de financiación pública si no cumplen con la nueva obligación de auditoría externa anual o la inscripción en el Registro de Partidos Políticos (puntos 1 y 2). Las entidades sin actividad real o dedicadas exclusivamente a la tenencia de inmuebles se enfrentan a la exigencia de disolución y extinción (punto 4). Las donaciones de personas jurídicas deberán notificarse al Tribunal de Cuentas en un plazo de tres meses desde su aceptación, una vez se regulen las cuantías mínimas (punto 1).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Inscribirse en el Registro de Partidos Políticos para poder recibir subvenciones públicas | punto 2 | |
| Disolver entidades que lleven máximo cuatro ejercicios consecutivos sin actividad o sin previsión de retomarla | punto 4 | |
| Disolver antes del 31 de diciembre de 2026 entidades bajo el art. 363.1.e) del RD Legislativo 1/2010 | punto 4 | 31 de diciembre de 2026 |
| Abrir cuentas bancarias de obligado cumplimiento para recibir ayudas públicas | punto 4 |
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