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BOE-A-2026-14977 ·9 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas de alquiler turístico: la transmisión de propiedad exige acreditar el cambio de titular de la licencia y la autorización de la comunidad

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma la suspensión de la asignación de un número de registro único de alquiler turístico por falta de documentación. El Registrador de la Propiedad exige acreditar el cambio de titular de la licencia turística y el acuerdo expreso de la Comunidad de Propietarios para autorizar el uso turístico (art. 23 Bis). La resolución analiza si la transmisión de la propiedad y la validez de la licencia se rigen por la fecha de la escritura o por el desembolso del precio.

En 2 claves

  1. Cambio de propiedad requiere nueva declaración responsable y cumplimiento de requisitos vigentes (art. 23 Bis.3) (art. 23 Bis.3)
  2. La inscripción en el registro de turismo tiene una validez de cinco años (art. 23 Bis.1) (art. 23 Bis.1)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas propietarias de viviendas destinadas al alquiler turístico

art. 23 Bis

Aplica a este perfil

  • Propietarios de viviendas con licencia turística que realicen transmisión de la propiedad

art. 23 Bis.3

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas propietarias de viviendas de uso turístico (VUT), la mera adquisición de la finca no garantiza la continuidad automática de la licencia turística. Se requiere presentar una nueva declaración responsable y acreditar el cambio de titularidad (art. 23 Bis.3). Asimismo, la falta de un acuerdo expreso de la Junta de Propietarios para el alquiler de corta duración puede bloquear la obtención del número de registro necesario para la actividad legal.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar nueva declaración responsable ante el registro de turismo tras cambio de titularidad art. 23 Bis.3
Aportar acuerdo expreso de la Comunidad de Propietarios autorizando el alquiler de corta duración nota de calificación

Línea de vida

2026-07-09PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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