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BOE-A-2026-14866 ·8 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Municipio de Portbou: se inicia el procedimiento para su declaración como Lugar de Memoria Democrática

La Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática ha incoado de oficio el procedimiento para declarar al «Municipio de Portbou» como Lugar de Memoria Democrática (art. 50.1 Ley 20/2022). Esta resolución implica la anotación preventiva en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática y la aplicación provisional de un régimen de protección (art. 50.2 Ley 20/2022). El expediente deberá resolverse en un plazo máximo de doce meses desde su incoación (art. 50.5 Ley 20/2022).

En 2 claves

  1. El expediente se resolverá y notificará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación, art. 50.5 Ley 20/2022. (art. 50.5 Ley 20/2022)
  2. Se aplica protección provisional y anotación preventiva en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática, art. 50.2 Ley 20/2022. (art. 50.2 Ley 20/2022)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Titulares de bienes en el Municipio de Portbou sujetos a la protección provisional

art. 50.2 Ley 20/2022

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Respetar medidas de garantía de perdurabilidad y evitar remoción de vestigios de memoria democrática art. 50.2 Ley 20/2022

Línea de vida

2026-07-08PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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