La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma que para inscribir un cambio de uso de local a vivienda en el Registro de la Propiedad es imprescindible acreditar la conformidad administrativa (art. 15.1 RDL 7/2015). La resolución establece que el uso de la edificación está supeditado a la legislación urbanística aplicable y al control administrativo previo (art. 12 RDL 7/2015). En este caso concreto, se denegó la inscripción por falta de licencia de cambio de uso o declaración responsable con acto de conformidad del ayuntamiento.
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art. 15.1
Para los propietarios de locales que pretendan convertirlos en viviendas, la mera antigüedad catastral o la ausencia de prohibición en los estatutos de la comunidad no es suficiente para la inscripción registral (Hechos II). Los particulares deben obtener previamente la licencia de cambio de uso o la declaración responsable con el correspondiente acto de conformidad municipal para garantizar la seguridad jurídica de la propiedad y su correcta calificación en el Registro (Fundamentos de Derecho).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Obtener licencia de cambio de uso o declaración responsable con acto de conformidad municipal | Hechos II |
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