El Real Decreto 538/2026 modifica los artículos 5.5 y 10.4 del RD 918/2025 para exigir que las solicitudes de subvenciones en materia de agenda urbana, arquitectura y calidad de edificación cumplan con criterios específicos de calidad de edificación. Este cambio refuerza la exigencia de calidad en los proyectos financiados, alineándose con la Ley 38/2003. La norma se aplica a todos los solicitantes que presenten solicitudes durante el ejercicio 2026.
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art. 5.5 y 10.4 del RD 918/2025
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art. 5.5 y 10.4 del RD 918/2025
Para las empresas y entidades que soliciten subvenciones en agenda urbana o calidad de edificación, se exige una mayor comprobación de calidad técnica en sus proyectos, lo que puede aumentar los tiempos de revisión y requerir estudios adicionales. Los asesores de subvenciones deben revisar los proyectos para asegurar el cumplimiento de los nuevos criterios. Las administraciones urbanas podrán rechazar solicitudes que no cumplan con los requisitos establecidos en el RD 918/2025.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Asegurar que los proyectos de solicitud cumplan con los criterios de calidad de edificación establecidos en el RD 918/2025, art. 5.5 y 10.4 | art. 5.5 y 10.4 del RD 918/2025 |
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