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BOE-A-2026-13204 ·18 de junio de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Subvenciones

La Federación Española de Municipios y Provincias debe presentar el plan de ejecución de la subvención en 30 días desde la entrada en vigor

El Real Decreto 492/2026 modifica el RD 668/2025 para exigir que la Federación Española de Municipios y Provincias presente su plan de ejecución de la subvención dentro de 30 días desde la entrada en vigor (art. 4.1). Este requisito reemplaza el anterior plazo no especificado. El objetivo es garantizar una ejecución clara y estructurada del servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia de género.

En 2 claves

  1. La Federación debe presentar plan de ejecución en 30 días (art. 4.1)
  2. El plan debe incluir la estructura del servicio de teleasistencia móvil (art. 6)

Cómo afecta a los implicados

La Federación Española de Municipios y Provincias debe elaborar y presentar un plan de ejecución de la subvención en 30 días (art. 4.1). Este plazo afecta directamente su capacidad de gestión y planificación. Las administraciones locales que participan en el servicio no sufren cambios, pero deben garantizar que el plan de ejecución esté alineado con los criterios del RD 668/2025. No hay impacto en otros actores del sector.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar el plan de ejecución de la subvención en 30 días desde la entrada en vigor art. 4.1 30 días desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-06-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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